Informamos que, según lo comunicado por la Superintendencia de Pensiones en el Oficio Circular IF/N°4, desde el 01 de enero de 2017 los nuevos topes de remuneración/renta imponible mensual para el cálculo de cotizaciones 2017 se han ajustado de acuerdo a lo siguiente:

  • Para cotizaciones obligatorias del sistema de AFP, de salud y de ley de accidentes del trabajo: 75,7 UF (año 2016: 74,3 UF).
  • Para cotizaciones del Seguro de Cesantía: 113,5 UF, (año 2016: 111,4 UF).

Los nuevos topes imponibles se aplican a partir del pago de las cotizaciones previsionales correspondientes a las remuneraciones de enero de 2017, las que deben pagarse hasta el 10 de febrero de este año, plazo que se extiende hasta el 13 del mismo mes si el pago se realiza por medios electrónicos.

Por lo anterior, a contar del 01 de enero de 2017, el tope de la cotización del 7% de la remuneración o renta imponible destinada a financiar prestaciones de salud será de 5,299 UF.

La legislación vigente establece que estos valores deben reajustarse anualmente cuando el Índice de Remuneraciones Reales que informa el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) registra variaciones positivas. En el periodo noviembre 2015 – noviembre 2016 este índice aumentó un 1,9%.